Alcaldía de Girardot, Salomón Said Arias
Prohibimos por decreto el consumo de sustancias psicoactivas en espacios educativos, deportivos, culturales y de salud.
La medida prohíbe el porte, consumo, facilitación, distribución, ofrecimiento y comercialización de sustancias psicoactivas, incluso dosis personal y bebidas alcohólicas en un perímetro de hasta 200 metros de jardines infantiles, colegios, instituciones de educación superior, parques, estadio, coliseos, centros deportivos y culturales, buses, paraderos e instituciones prestadoras de servicio de salud.
Quien infrinja la medida podrá enfrentar sanciones de hasta 6 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Consulta el decreto aquí
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