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¿Cuál será el futuro del alcalde de Neiva tras decisión de la Juez?

Luego que el pasado 30 de abril la fiscalía solicitara medida de aseguramiento en contra del alcalde por las presuntas irregularidades en el contrato PAE 2020 en el que supuestamente habría favorecido a uno de sus financiadores para la Alcaldía de Neiva, casi dos meses después la Juez Séptima Penal con Función y Control de Garantías aprobó la medida, sin embargo, dictó que fuera domiciliaria.

Durante la audiencia, la juez argumentó que sí bien en ninguno de los audios revelados por la Fiscalía en el que se escuchaban negociaciones de cómo se iba a recuperar el dinero invertido en la campaña, se escucha al alcalde directamente, sí fue evidente que se pagó un favor político al beneficiar a su financiador.

“Se derivó el interés indebido en el otorgamiento del contrato PAE una vez asumió el cargo dado a un compromiso político por esa financiación”, expuso la Juez

También, la juez dio a conocer que el mandatario no solo tiene el proceso penal este contrato sino que además, tiene varios procesos judiciales lo que en efecto acarrearía un peligro que continuara en su cargo.

Ante estas evidencias, finalmente la juez dictó la medida de aseguramiento en lugar de residencia en contra del mandatario, sin embargo, aclaró que esta se haría efectiva una vez quedara en firme y sería el gobernador del departamento quien asignará un nuevo alcalde.

“Es urgente imponer entonces una medida preventiva… que no podrá ser otra que privativa de la libertad… Este despacho anuncia que la medida será de detención en su lugar de residencia… Resalta el despacho algo muy importante… como quiera que la medida de aseguramiento de detención preventiva en el lugar de residencia impuesta y que recae en el alcalde Gorky Muñoz Calderón en ejercicio de su cargo en la ciudad de Neiva, habrá desde ya anunciarse que la suspensión será procedente cuando se encuentre ejecutoriada tal decisión” agregó.

Durante la tarde de este martes 28 de junio, cuando se continúo con la audiencia, tanto el abogado defensor como la Fiscalía apelaron la decisión de detención domiciliaria. Primero, el ente investigador adujo que no era una decisión suficiente, sino que tendría que ser en un centro penitenciario y, de otro lado, la defensa argumentó que no hay pruebas suficientes para una decisión tan severa.

Así las cosas, la decisión final la tendrá que tomar un juez en segunda instancia, quien determinará si le halla la razón a la fiscalía y por lo tanto Muñoz deberá ir de inmediato a un centro penitenciario, de otro lado darle la razón a la defensa y dejarlo en libertad o; dejar en firme la decisión de la juez séptima penal de la detención domiciliaria.

En cualquiera de los casos, se deberá esperar un término mínimo de seis meses para que el juez a quien le corresponda el caso, responda la apelación.

RESPUESTA DEL ALCALDE

A través de sus redes sociales, el alcalde Gorky Muñoz se pronunció sobre su situación jurídica en la que expuso:

"Aunque sabíamos desde el inicio de este proceso que esta era una decisión que podría darse, no deja de ser en lo personal y familiar, un golpe duro.

Aún no he sido vencido en juicio, ni declarado culpable de los delitos que se me imputan, pero veo desinformación en las redes sociales, que hacen necesario este comunicado.

Por esta razón, me permito hacer claridad sobre tres aspectos que me parecen fundamentales.

1. Hemos decidido junto al equipo jurídico, apelar la decisión de primera instancia, tomada hoy por la Juez de control de garantías, en la que se declaró la medida cautelar con detención preventiva en mi domicilio, como quiera que creemos tener argumentos suficientes para rebatir lo expuesto por la togada en su decisión.

2. La decisión adoptada por la Juez Séptima Penal con funciones de control de garantías de Neiva, sobre la medida cautelar de aseguramiento, con detención preventiva domiciliaria, sólo tendría un eventual cumplimiento cuando quede en firme o ejecutoriada la decisión.

Es decir, que sólo quedaría en firme cuando el juez de segunda instancia resuelva el recurso de apelación procedente, y siempre y cuando, se confirme la decisión de primera instancia.

3. Al no encontrarse ejecutoriada la decisión, no seré suspendido del cargo, como muchos están señalando a través de noticias falsas. Es decir, seguiré cumpliendo con normalidad mi ejercicio como Alcalde, atendiendo para el efecto, la sentencia de constitucionalidad C-576 de 2004 y la ley 136 de 1994.

Sabíamos que esto no iba a ser fácil, sin embargo, estamos seguros que no será vencido quien permanece en la lucha y de la mano de Dios, seguiremos dando la pelea, hasta demostrar nuestra inocencia.

Tomado de: Caracol Radio

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